Portal Web
ESCastellano
Identificate

Sede Electrónica

No hay subtitulo

  • Menu
Sede Electrónica
✕
  • Mis Datos
    • Datos personales
    • Datos del padrón de habitantes
    • Solicitudes presentadas
    • Expedientes
    • Notificaciones electrónicas
    • Portafirmas
    • Documentos
    • Recibos
    • Multas
    • Objetos tributarios
    • Domiciliaciones
    • Mi Calendario fiscal
    • Mis liquidaciones
    • Alta de liquidaciones
  • Publicaciones Oficiales
    • Oferta pública de empleo
    • Tablón de anuncios y edictos electrónicos
    • Ordenanzas municipales
    • Perfil de contratante
    • Calendario fiscal
  • Trámites
    • Catálogo de trámites
    • Suscripción (alta y/o baja) a los procedimientos electrónicos.
    • Presentación de documentación a expedientes en trámite
    • Presentación de documentos habitualmente solicitados
    • Solicitud de cita previa
    • Oficinas de asistencia de registro
    • Validación de documentos
  • Videotutoriales
    • La Sede Electrónica
    • Medios de identificación
    • El registro electrónico
    • Datos personales y medios de contacto
    • Obtención de volantes y certificados de empadronamiento
    • Consulta de anotaciones de registro y expedientes
    • Buzón de notificaciones electrónicas
    • Recibos y domiciliaciones
    • Alta de liquidaciones
    • Declaración de plusvalías

Solicitud de Subvenciones Municipales - IMPULSA (Convocatoria 2025)

Descripción

Solicitud de Subvenciones Municipales - IMPULSA (Convocatoria 2025)

Finalidad
El objetivo de este programa de ayudas es contribuir al sostenimiento y mejora del sector empresarial de Benalmádena.

Mediante estas ayudas, el Ayuntamiento fomentará la inversión, la creación de nuevas empresas y la generación de empleo. Se pretende así cumplir con la finalidad de ayudar a reactivar la economía de nuestro municipio.
Quién lo puede Presentar
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que lleven a cabo las actividades empresariales que motivan la concesión de la subvención y que cumplan los siguientes requisitos, establecidos en las bases reguladoras:

a)     Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma o una microempresa. (Las microempresas se definen como aquellas empresas que ocupan hasta 10 trabajadores)

b)     Que el domicilio fiscal radique en Benalmádena y que la actividad se ejerza en un local comercial, específico y abierto al público, ubicado en una vía pública del término municipal de Benalmádena a excepción de los polígonos industriales.

Para la Línea 2, se incluirán hostelería y/o comercios y todo tipo de servicios o establecimientos con entrada desde la vía pública, regulados por la Nueva Ordenanza Reguladora de Terrazas, Expositores y Fachadas de Establecimientos de Benalmádena. No se subvencionarán Salones de juegos, de apuestas y loterías.

c)     No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

d)     No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Benalmádena.

Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Benalmádena, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación
Plazos de Presentación
01/10/2025 00:00:00 - 01/12/2025 23:59:00
Presentación

1.- El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria está disponible en el apartado Documentación Relacionada.

2.- Las solicitudes, que deberán dirigirse al Sr. Alcalde- Presidente, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benalmádena: https://sede.benalmadena.es/, en el apartado de “trámites”, seleccionar materias y dentro de estas, seleccionar “Desarrollo Local”. Asimismo, las solicitudes siempre se podrán presentar, junto con la documentación acreditativa en cada caso por los cauces reglamentarios que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.- Solo se admitirá una sola solicitud por línea y por la misma persona física o jurídica, solicitante, aunque tenga más de un local o establecimiento abiertos en Benalmádena, y/o la sociedad tenga más de un socio.

En el caso de más de un local deberá acumularlo en una única solicitud.

Órgano resolutorio

La resolución de concesión y/o denegación de las ayudas corresponderá al Alcalde-Presidente.

Plazo de resolución
El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses a partir de la publicación de la convocatoria en la web municipal, Boletín de la provincia y Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo será de 6 meses a contar del siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Para la línea 2, en aquellos proyectos que presenten facturas proforma y/o presupuestos, tendrán que justificar en el plazo de 6 meses desde la publicación de Resolución de Concesión, mediante Facturas y Justificantes de pago, la realización de la inversión para la que le fuese concedida la subvención.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa básica
1.- Las presentes bases reguladoras se regirán, en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del ayuntamiento de Benalmádena, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RLGS) y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

2.- Asimismo, están sometidas al régimen de mínimis, regulado por el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), en virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una empresa, no será superior a 200.000 € durante un período de 3 ejercicios fiscales.

3.- La gestión de estas subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, realizando convocatoria anual.

4.- Se encuentran incluidas en el Plan Estratégico anual de Subvenciones del Ayuntamiento de Benalmádena.

5.- Su tramitación se realizará por medios electrónicos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Pago de tasas

Sin coste.

Documentación relacionada
ANEXO II - Solicitud IMPULSA línea 2

ANEXO III - Declaración Responsable

ANEXO IV-Cuenta Justificativa

Bases reguladoras de la subvención

Catálogo elementos aprobados para instalar en vía pública

Modelo-ejemplo memoria justificativa linea 2

Ordenanza terrazas de veladores

PROGRAMA IMPULSA 2025 - LINEA 2 DOC. REQUERIDA

mapa-calle-centro-comercial-abierto

Nivel de identificación del solicitante
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar
Documentación requerida
ANEXO II Solicitud IMPULSA – LINEA 2
(PF) DNI-NIF-PAS
(PF) Situación Censal
(PF) Vida Laboral
(PJ) CIF
(PJ) SITUACIÓN CENSAL
(PJ) ESCRITURA CONSTITUCIÓN
(PJ) ACREDITACIÓN PODERES
(PJ) DNI-NIF-PAS ADM
(PJ) DNI-NIF-PAS R.L.
(PJ) VIDA LABORAL
(DC) ANEXO IV-CUENTA JUSTIFICATIVA
(DC) FACTURAS Y JUSTIFICANTES PAGO
(DC) FACTURAS PROFORMA PRESUPUESTOS
(DC) TITULARIDAD BANCARIA
(DC) ANEXO III - DECLARACIÓN RESPONSABLE
(DC) CERTIF. OBLIGACIONES AEAT
(DC) CERTIF. OBLIGACIONES TGSS
(DC) MEMORIA JUSTIFICATIVA Y FOTOS
(DC) LICENCIA APERTURA-D.R.
(DC) AUTORIZACIÓN-LICENCIA OBRA
La solicitud está fuera de plazo.
  • Sobre la Sede
    • Titularidad
    • Normativa
    • Calendario y cómputo de plazos
    • Fecha y hora oficial
    • Relación de servicios electrónicos
    • Cartas de servicios
  • Información de interés
    • Política de privacidad
    • Certificados electrónicos
    • Sistemas de identificación
    • Interrupciones del servicio
    • Sistemas de firma
    • Enlaces de interés
  • Ayuda
    • Preguntas frecuentes (FAQs)
    • Ayuda de la Sede
    • Aviso legal
  • Usabilidad
    • Inicio
    • Accesibilidad
    • Mapa web
Ayuntamiento de Benalmádena
  • Avenida Juan Luis Peralta 20, 29639, Benalmádena (Málaga)
  • 952 57 98 00
  • Contacto y soporte: oac@benalmadena.es
  • www.benalmadena.es
Ministerio de política territorial Una manera de hacer Europa Fondo Europeo Feder

IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA PARA EL AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA
OBJETIVO TEMÁTICO: OT 2 Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y las comunicaciones y el acceso a ellas