Finalidad
El objeto es tramitar la Inscripción de la residencia de los vecinos en el Padrón Municipal.
NOTA: Toda la documentación que se presente deberá estar en CASTELLANO.
NOTA: Para la presentación del trámite de manera telemática, se deberán aportar las versiones escaneadas de los documentos originales, no se admitirán versiones escaneadas de fotocopias.
Si se realiza la presentación de documentación de manera presencial, se deberán aportar los documentos originales.
Quién lo puede Presentar
Cuarquier persona física.
Presentación
- Realización del trámite de forma telemática: en sede electrónica.
- Realización del trámite presencialmente: En las oficinas de asistencia en materia de registros.
Normativa básica
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015 sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante ROF.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal